Trámites tras el fallecimiento de un familiar

Al igual que ocurre con el nacimiento, tras el fallecimiento de una persona necesitamos realizar una serie de trámites de los que no siempre somos conscientes. Es importante que los conozcamos bien, porque algunos de ellos son imprescindibles para la tramitación de la herencia.

A través de este artículo te explicamos qué hacer cuando fallece un familiar.

 Certificado de defunción

Ocurrido el fallecimiento, un médico deberá expedir un certificado médico de defunción.

Este certificado deberá presentarse en el Registro Civil del domicilio del fallecido, dentro de las 24 horas siguientes a la defunción. Se acompañará el DNI o pasaporte del finado y formulario oficial.

La inscripción de defunción se considera legalmente urgente y son hábiles todos los días y horas del año para practicarla.

Una vez practicada la inscripción del fallecimiento, se expedirá la licencia para el enterramiento. Es conveniente solicitar más de un certificado de defunción ya que serán necesarios para diversos trámites posteriores.

De esta gestión se encargará la compañía de seguros que tuviera contratada el fallecido o la funeraria en el caso de contratar sus servicios.

Certificado de Actos de Última Voluntad

Transcurridos 15 días hábiles a partir de la fecha del fallecimiento, se deberá solicitar el Certificado de Actos de Últimas Voluntades.

¿Qué es el Certificado de Última Voluntad?

Es el documento que acredita si una persona ha fallecido habiendo otorgado testamento o, por el contrario, sin testamento:

  • Si el fallecido ha otorgado testamento, en el certificado se hará constar el nombre del notario autorizante del mismo, a fin de solicitar copia del mismo y conocer la última voluntad del testador. De haber otorgado varios testamentos será válido el último de ellos.
  • De no haber otorgado testamento, los herederos legales del fallecido deberán tramitar un expediente de Declaración de Herederos abintestato. En el Acta de Declaración de Herederos, autorizada por Notario, se nombraran a los herederos del difunto.

Es un documento imprescindible para cualquier sucesión.